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Los derechos del Niño:
Derecho a la identidad y a tener la documentación que la acredite
 
El Derecho a la identidad y a ser inscripto inmediatamente después de su nacimiento es un derecho consagrado en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, y se enmarca en los derechos humanos básicos de la persona.

Así en el Art. 7 leemos " El niño será inscripto inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos".

"Los Estados partes velarán por la aplicación de estos derechos de conformidad con su legislación nacional ..."

La partida de nacimiento es el primer documento del niño como ciudadano. Tener documento de identidad es un derecho de todos los niños y, en nuestro país, es un trámite gratuito a partir del decreto número 262 del año 2003.

Los padres y la familia del niño deben tomar conciencia de este derecho y efectivizarlo haciendo el trámite correspondiente.

Con la Ley Nacional 26061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y sus decretos de reglamentación se ratifica en todo el territorio nacional que:
" Los Organismos del estado deben garantizar procedimientos sencillos y rápidos para que los recién nacidos sean identificados en forma gratuita, obligatoria, oportuna e inmediatamente después de su nacimiento, estableciendo el vínculo filial con la madre, conforme al procedimiento previsto en la ley 24540.

Ante la falta de documento que acredite la identidad de la madre o el padre, los Organismos del estado deberán arbitrar los medios necesarios para la obtención de la identificación obligatoria ....
Debe facilitar la adopción de medidas específicas para la inscripción gratuita en el Registro del Estado y Capacidad de las Personas, de todos aquellos adolescentes y madres que no hayan sido inscriptos oportunamente". ( ART 12)

" Las niñas, niños, adolescentes y madres indocumentados, tienen derecho a obtener los documentos públicos que comprueben su identidad, de conformidad con la normativa vigente y en los términos que establece el procedimiento"( ART 13)

Teniendo en cuenta los artículos enunciados anteriormente vemos cómo se debe efectivizar el derecho del niño a su primer documento de identidad; y que esto debe ser garantizado por el Estado Nacional.

Pero, al igual que todos los derechos que tenemos nosotros y que tienen nuestros niños, para que éste se cumpla efectivamente es necesario conocerlo y así poder exigirlo.

¿Conocemos la realidad de nuestros niños en nuestras comunidades?
De los niños acompañados y visitados por cada líder ¿cuántos son los que no tienen Documento de Identidad?
¿Quiénes son estos niños, niñas, adolescentes y/ o mamás que se encuentran también en esta situación?

Como mediadores de red y puentes facilitadores en el acompañamiento a las familias, será muy importante nuestra labor como efectivizadores de los derechos del niño. Debemos transmitir la importancia de que el niño tiene derechos inalienables e inviolables, que son propios a su dignidad humana ... y el DERECHO A LA IDENTIDAD Y A LA DOCUMENTACIÓN es uno de ellos
DNI
La partida de nacimiento es el primer documento del niño como ciudadano. Tener documento de identidad es un derecho de todos los niños y, en nuestro país, es un trámite gratuito a partir del decreto número 262 del año 2003.
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 REDINFA Red para el Desarrollo Integral del Niño y la Familia. República Argentina, Tel. 4372-4882. Email: redinfa@deplai.org.ar